Hoy se celebra en Argentina el Día del Animal

Pese a ser una fecha muy difundida, pocos saben el por qué se eligió el 29 de abril. Conocé algunos animalitos que hicieron historia en Salta.
Hace 4 años ESPECTACULO

Hoy es el Día del Animal, una fecha que comenzó a celebrarse en la Argentina en 1908. En aquel entonces, por inspiración de Clemente Onelli, entonces director del Jardín Zoológico, y del Dr. Ignacio Lucas Albarracín, presidente de la Sociedad Protectora de Animales, se festejaba cada 2 de abril, según informa el Ministerio Educación en sus efemérides.

Albarracín, además de ser uno de los fundadores de la Sociedad Argentina Protectora de Animales, es el que propuso y propulsó la Ley Nacional de Protección de Animales (N° 2786) en la que quedaba establecido, por primera vez en la historia argentina, la obligatoriedad de brindar protección a los animales, de manera de impedir su maltrato y su caza, según describe Argentear.

El 29 de abril de 1926, Albarracín falleció, a los 75, de un paro cardíaco. Es por eso que, en su homenaje, el Día del Animal comenzó a celebrarse con la fecha que actualmente conocemos.

Albarracín, después de obtener su grado académico, decidió dedicar su vida a defender a todos los animales. Él opinaba que aún con un nivel de raciocinio inferior con respecto al hombre, no había necesidad de martirizarlos, castigarlos o gozar de su dolor. De esta manera, luchó contra todas aquellas prácticas donde existía el maltrato a los animales, resaltando así su amor a la naturaleza y el culto civilizado a la vida.

En el resto del mundo el Día del Animal se celebra cada 4 de octubre, con la finalidad de recordar la importancia de todas las especies animales con quienes compartimos el planeta, quienes muchas veces son víctimas de la crueldad.

Algunos animalitos salteños que quedaron en la historia

En Salta existen animales que han alcanzado notoriedad por sus características o bien por alguna situación particular que los tuvo como protagonistas.

Fatiga, el perrito peregrino de La Merced. El animalito extrañamente participaba de todas las ceremonias religiosas de la localidad: misas, novenas y misachicos. Su presencia era infaltable en la Fiesta del Milagro y de Sumalao. Falleció en 2018 y tiene un monumento en su honor en la plaza del pueblo. También contaba con un mural en la rotonda de Limache.

"Firulais y la banda de los rompebolsas". Se trató de un perrito callejero que se hizo famoso en Cerrillos por merodear durante años por los barrios céntricos y el cerro San José junto a una decena de canes. Algunos lo llamaban "el cuidador de los cerros", otros lo acusaban de liderar una banda que destrozaba las bolsas de residuos del pueblo. 

Cleto, el gallo que ponía huevos. La situación hormonal de esta ave generó un sinnúmero de hipótesis hasta de índole sobrenatural en las localidades norteñas. Atrajo, además, la atención de la comunidad científica, por su rareza. Vivía hasta 2011 en una finca ubicada entre Tartagal y Mosconi.

El monito Martín, de Campamento Vespucio, que en 2017 disparó un verdadero revuelo político a nivel local. El pequeño simio, de la especie tití, fue secuestrado por la Policía Rural de la casa en que vivía. El hecho generó manifestaciones y marchas de los vecinos exigiendo su liberación. Hasta se pidió la intervención del entonces gobernador Juan Manuel Urtubey, durante una visita realizada al departamento San Martín. 

Roque, un simpático tucán que desde 2016 y por varios años se posó todos los días a las 11, sin mediar domingos ni feriados, en el enorme ventanal de la clínica San Roque, de avenida Reyes Católicos al 1.500. El personal del nosocomio aseguraba que era manso en extremo. Tanto, que se encariñaron entrañablemente con el animalito.

Luchita, una pintoresca lechuza que se había convertido en mascota de la escuela rural Benjamín Matienzo, del paraje Las Blancas, Cerrillos. Durante años se posó en el alambrado de la institución. "Luchita era muy mansa. Nos acercábamos hasta casi acariciarla. Era amiga tanto de los niños como de las maestras y los agentes de tránsito que vigilan la entrada y salida de los alumnos durante el período de clases", contaron los docentes. Lamentablemente, Luchita falleció en febrero de 2017 luego de ser apedreada por desconocidos.

El cóndor “Luracatao” fue liberado en 2016 en la gruta de la Virgen María, cerca de Seclantás, a 3.600 msnm. Un año antes fue hallado herido de muerte. Fue rescatado y rehabilitado por la Fundación BioAndina.

LEGISLACIÓN

Ley 2.786 – PROHIBICION DE MALOS TRATOS A ANIMALES.

BUENOS AIRES, 25 de julio de 1891

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:

ARTÍCULO 1. Declárase actos punibles los malos tratamientos ejercitados con los animales, y las personas que los ejerciten sufrirán una multa de dos a cinco pesos, o en su defecto arresto, computándose dos pesos por cada día.

ARTÍCULO 2. En la capital de la República y Territorios Nacionales, las autoridades policiales prestarán a la Sociedad Argentina Protectora de los Animales, la cooperación necesaria para hacer cumplir las Leyes, reglamentos y ordenanzas dictadas o que se dicten en protección de los animales, siendo de la competencia de las mismas, el juicio y aplicación de las penas en la forma en que lo hacen para las contravenciones policiales.

ARTÍCULO 3. El importe de las multas a que se refiere el artículo primero será destinado a las sociedades de beneficencia de cada localidad.

ARTÍCULO 4. La Municipalidad de la capital de la República y las de los Territorios Nacionales dictarán ordenanzas de conformidad a la presente Ley.

ARTÍCULO 5. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 Ley Nº 14346 de Protección al Animal

Sanción: 27 septiembre 1954. Promulgación : 27 de octubre 1954

ARTÍCULO 1.– Será reprimido con prisión de 15 días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad los animales.

ARTÍCULO 2.– Serán considerados actos de maltrato:

  • No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos;
  • Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que no siendo de simple estímulo les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas;
  • Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas;
  • Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado;
  • Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos;
  • Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.
  • ARTÍCULO 3.– Serán considerados actos de crueldad:
  • Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello;
  • Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad;
  • Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada;
  • Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia;
  • Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones;
  • Causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato;
  • Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por solo espíritu de perversidad;
  • Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice a los animales.

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