
El Gobierno prorrogó el cierre de las fronteras

El Gobierno prorrogó ayer hasta el 28 de febrero, el cierre de fronteras para extranjeros no residentes, cuyo plazo venció el domingo, en el marco de las medidas de prevención por la pandemia de coronavirus.
La medida fue dispuesta por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, por decisión administrativa 44 y publicada ayer en el Boletín Oficial.
Se fundamenta en que el Ministerio de Salud de la Nación "ha formulado un nuevo informe a través del cual se recomienda el mantenimiento y la adopción de nuevas medidas preventivas en resguardo de la salud pública".
La decisión administrativa abarca a los "vuelos directos que tengan como origen o destino el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, ante el nuevo linaje en la secuenciación de muestras locales, respecto al ingreso de personas".
El Ministerio de Transporte, a través de la Administración Nacional de Aviación Civil, será el encargado de "ampliar o reducir la nómina de países, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional".
Establece que la Dirección Nacional de Migraciones "determinará y habilitará los pasos internacionales que resulten adecuados para el ingreso al territorio nacional de nacionales o extranjeros residentes en el país y extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos argentinos o residentes, y para el egreso de personas del territorio nacional y la individualización de los supuestos de excepción".
La decisión administrativa estipula que la "autoridad sanitaria de acuerdo a la situación epidemiológica existente en origen y/o destino podrá pautar obligaciones a los operadores de transporte, transportistas y tripulantes, incluyendo el testeo para determinar que no sufren de COVID-19, previo al ingreso al país".
Asimismo, fija que la Dirección Nacional de Migraciones y el Ministerio de Salud "coordinarán las acciones para determinar los cronogramas de vuelos y la cantidad de pasajeros y pasajeras que ingresarán en forma paulatina y diaria al país, especialmente a través de vuelos provenientes de EEUU, México, Europa y Brasil, manteniendo reducidas las frecuencias de vuelos de pasajeros a los 3 primeros destinos en un 30% y a Brasil en un 50%".
Otros puntos a tener en cuenta
La medida le da la facultad a la Administración Nacional de Aviación Civil de poder “ampliar, disminuir o eliminar tales porcentajes, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional”.
Además, se “recomienda a los nacionales o extranjeros residentes en el país, y, en particular, a los mayores de 60 años de edad o a personas pertenecientes a los grupos en riesgo, diferir sus viajes al exterior, cuando los mismos no respondieran al desarrollo de actividades esenciales”.
“La salida y el reingreso desde y hacia el país -precisa la norma- implicará la aceptación de las condiciones sanitarias y migratorias del país de destino y de Argentina al regreso, asumiendo las consecuencias sanitarias, legales y económicas derivadas de la misma tal y como la imposibilidad de iniciar el viaje con síntomas compatibles con COVID, la necesidad de contar con un servicio de salud del viajero COVID en el exterior, y de denunciar los lugares donde estuvo los últimos 14 días previos al reingreso al país”. 
Se aclara que las “medidas y restricciones dispuestas podrán ser revisadas periódicamente por las instancias competentes”.
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